Auto13 de octubre de 2022
A- de 2022
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Bejarano Ricaurte Ana Y Otros·Demandado Ley 1450 De 2011
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto la Sala Plena de la Corte Constitucional convoca a AUDIENCIA PÚBLICA virtual en el expediente de la referencia, la cual se realizará el día 18 de noviembre de 2022, según la agenda y la metodología que oportunamente señale el magistrado sustanciador.
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. CONVOCAR a audiencia pública virtual en el expediente D-14.516.
- SEGUNDO. COMUNICAR que la audiencia pública se realizará el dieciocho (18) de noviembre de dos mil veintidós (2022), de acuerdo con la agenda y metodología que se señalarán oportunamente, mediante providencia que emita el Magistrado sustanciador.
- TERCERO. INFORMAR a la ciudadanía sobre la realización de la audiencia virtual, mediante invitación pública en la página web de la Corte Constitucional, así como en la página oficial de la Rama Judicial.
- CUARTO. ORDENAR al Jefe de Comunicaciones y al Jefe de Sistemas de esta Corte que dispongan lo necesario para que la audiencia pública se transmita en la página web de la Corte Constitucional.
- QUINTO. REQUERIR a la Dirección del Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) para que, con el apoyo del Sistema de Medios Públicos de Colombia - Radio Televisión de Colombia (RTVC), transmita y disponga de todos los recursos necesarios para asegurar la transmisión de la audiencia referida en esta providencia.
- SEXTO. Los intervinientes remitirán los escritos de resumen de sus intervenciones dentro de los diez siguientes a la celebración de la audiencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
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Jorge Enrique Ibáñez Najar
Ponente
Alejandro Linares Cantillo
Magistrado
Antonio José Lizarazo Ocampo
Magistrado
Cristina Pardo Schlesinger
Presidente
Diana Constanza Fajardo Rivera
Magistrado
Hernán Leandro Correa Cardozo
Magistrado
José Fernando Reyes Cuartas
Magistrado
Natalia Ángel Cabo
Magistrado
Paola Andrea Meneses Mosquera
Impedido
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.